Cabe distinguir entre dos situaciones:
1.- La persona ha obtenido el carné de manipulador de fitosanitarios en otro país de la U.E. (normalmente su país de origen), pero va a aplicar productos fitosanitarios en España, bien en explotaciones propias o bien en explotaciones de terceros. Si esa persona tiene un domicilio en España, debe dirigirse a Sanidad vegetal de la Comunidad Autónoma donde este fijada su residencia, para que las autoridades competentes procedan a homologar su carné obtenido en otro país diferente a España, facilitándole un carné de manipulador español. Será con ese carné de manipulador español, con el que podrá adquirir y aplicar productos fitosanitarios de uso profesional en España.
2.- Si esa persona que ha obtenido el carné de manipulador de fitosanitarios en su país de origen, viene a España a comprar productos fitosanitarios de uso profesional para aplicarlos en su país, NO PUEDE COMPRAR productos fitosanitarios de uso profesional, ya que lo que debe solicitar esa persona en su país, es una importación paralela, siguiendo el procedimiento que su país tenga establecido, tanto si es para aplicarlos en su propia explotación como si es para volver a comercializarlos.
Los ciudadanos comunitarios con nacionalidad diferente a la española, podrán comprar productos fitosanitarios de uso profesional, solamente en el caso de poder acreditar estar en posesión del carné de manipulador de productos fitosanitarios español, y para eso deben residir en España para que se lo homologuen, ya que aunque tengan carne de profesional de su país, de momento España no homologana nada sin resiencia en España, y el de su país no es válido. Para comprar Fitosanitarios autorizados en Jardinería Exterior Doméstica no es necesario estar en posesión del Carné de Manipulador.
Importante: Usted es siempre el único responsable del cumplimiento de las leyes de su jurisdicción local en relación con importación, exportación o reexportación.